Las personas jurídicas deben presentar la Declaración Jurada en formato digital y validar el documento con la firma electrónica. En aras de facilitar el cumplimiento de las obligaciones, los contribuyentes pueden acceder a modelos e instrucciones de llenado a través del Portal Tributario, en la sección Descargas.
El período de presentación y pago que concluye inició el pasado seis de enero, e involucra a personas jurídicas nacionales y extranjeras, mipymes, proyectos de desarrollo local y gobiernos locales.
La Ley No.113 Del Sistema Tributario dispone las sanciones para las entidades que presenten fuera del término establecido la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades, no lo hagan o subdeclaren.
Por la importancia que tiene el cumplimiento de las obligaciones fiscales, la ONAT exhorta a todas las entidades a que presenten la Declaración Jurada y liquiden el tributo en el tiempo establecido.